Resolución de prórroga Internas Partidarias

 

La resolución emanada de este Comité Provincial, de fecha 21 de agosto de 2020 por la que, conforme lo establece la carta Orgánica partidaria, se ha convocado a elecciones internas para renovar las autoridades partidarias de todos los cargos de la Unión Cívica Radical de Entre Ríos, 

Que, la crisis Sanitaria que se vive a lo largo y ancho del país, lejos de solucionarse se ha agravado, particularmente en el distrito electoral de la Provincia de Entre Ríos. –

Que, la Unión Cívica Radical como partido político debe tener presente, a la hora de dictar sus resoluciones, las circunstancias por las que atraviesa el conjunto de la sociedad entrerriana.

Que, este Comité ha recibido numerosas notas de afiliados y autoridades departamentales solicitando la postergación del cronograma electoral.

Que, las resoluciones de este Comité deben tomarse teniendo en cuenta las prioridades, no solo del afiliado radical, sino del conjunto de la ciudadanía, que hoy está inmersa en una crisis sanitaria, económica y social muy profunda.

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 714 del Poder Ejecutivo Nacional, ha establecido el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio hasta el 20 de septiembre en las ciudades de Paraná, Oro Verde, Colonia Avellaneda y San Benito, además de mantener en esa misma situación a la ciudad de Gualeguaychú. –

Que, el cronograma electoral se inicia el próximo día 5 de septiembre, con la exhibición de los padrones provisorios en los locales de cada Comité Departamental. –

Que, los organismos consultados por este Comité y el informe realizado por el apoderado del Partido, desaconsejan iniciar un proceso electoral en el marco de esta situación sanitaria. –

Que, asimismo el art. 154 de la C.O. prevé que en circunstancias excepcionales en las que no pueda efectuarse la elección de renovación de autoridades, los mandatos de las autoridades cuyo período finalice, quedarán automáticamente prorrogados hasta que desaparezcan dichas circunstancias. –

 

Por todo ello y habiendo cumplido con la responsabilidad que le compete al Comité Provincial de haber convocado en tiempo y forma las elecciones partidarias, y no existiendo condiciones sanitarias que permitan desarrollar las distintas etapas del proceso electoral

ARTICULO 1°: Establézcase como fecha de realización del comicio el día domingo 18 de abril de 2021, debiendo comenzar el cronograma electoral el día 6 de febrero del mismo año, para lo cual este Comité aprobará antes del 31 de diciembre del corriente año el correspondiente cronograma. –

ARTICULO 2º: En caso de permanecer vigentes los motivos que fundamentan la presente, el Comité Provincial se reserva la facultad de ampliar, modificar, salvar y/o prorrogar plazos y/o disposiciones previstas en la presente Convocatoria, debido a la eventual continuidad de la situación de pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) respecto del coronavirus COVID-19, debiendo en tal caso emitir una nueva resolución conforme las recomendaciones dictadas por el Comité de Emergencia Sanitaria (COES) y la Justicia Electoral. –

Regístrese, Comuníquese al Tribunal Electoral partidario, Publíquese en la página web del Partido (www.ucrer.org.ar) y archívese. –

 

 

Exhibición de Padrones Provisorios en los locales de cada Comité Departamental y página web partidaria. –

Periodo de tachas, observaciones e impugnaciones. –

Comités Departamentales resuelven impugnaciones. –

Notificación a los interesados lo resuelto por el Comité Departamental. –

Recepción de Apelaciones de interesados/afiliados por Comité Departamental. –

Recepción de apelaciones por el Comité Provincial. –

COMITÉ PROVINCIAL resuelve apelaciones. Lo resuelto es inapelable. –

Presentación para oficialización de Listas (hasta 20 hs.)

 

 

Resolución de fecha 16 de abril de 2021

Unión Cívica Radical Distrito Entre Ríos

 

La Resolución Nº 166 del día 12 abril de 2021 emanada del Ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia de Entre Ríos, mediante la cual no se otorga autorización para la realización de la elección interna de renovación de autoridades prevista para este domingo 18 de abril de 2021 y;

 

Que, la negativa emanada del M. G. y J. rige hasta el día 30 de abril de 2021.

Que, resulta necesario reconducir el proceso electoral interno de renovación de autoridades a los fines de llevar adelante un ordenado recambio de las mismas. –

Que, las nuevas autoridades deben, entre otras cuestiones, avocarse a lo atinente al proceso de elección de legisladores nacionales 2021, el cual conforme el cronograma electoral vigente, tiene prevista como fecha de celebración de la elección PASO el día 08 de agosto y como fecha límite para la presentación de alianzas el día 08 de junio.

Que, a tal efecto y tal como lo ordena la Carta Orgánica es el Congreso Provincial quien define la política de alianzas art … y para el correcto funcionamiento de dicho órgano resulta saludable que, al momento de ser convocado, se encuentre integrado por los representantes de los distintos departamentos de la provincia.

Que, a su vez la culminación del proceso electoral en curso evitaría desfasajes en los períodos de mandatos de los integrantes de los distintos estamentos que componen los órganos partidarios.

EL COMITÉ PROVINCIAL DE LA

UNION CIVICA RADICAL – DISTRITO ENTRE RIOS

ARTICULO 1°: Fijar como fecha de celebración de la elección el día 2 de mayo de 2021, la que deberá llevarse a cabo en los locales partidarios y/o espacios que permitan el desarrollo del comicio conforme el protocolo aprobado por éste comité. -.

ARTICULO 2°: Encomendar al honorable Tribunal Electoral fije fecha para el recambio de autoridades provinciales.

ARTICULO 3°: Recomendar a los comités departamentales y al Comité Provincial de la Juventud que el día de celebración del acto comicial se dé estricto cumplimiento al protocolo aprobado por este Comité, el cual se encuentra disponible en el sitio web  https://ucrer.org.ar/prorroga-internas-partidarias-2020/. Asimismo, deberán hacerle llegar al COES, con competencia en su jurisdicción electoral, una copia de dicho protocolo. –

 

 

 

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